Inicio Año Jubilar Mons. Francisco Ozoria Acosta, preside SOLEMNE EUCARISTÍA DE APERTURA A LA PUERTA SANTA, dando inicio al Año Jubilar, Parroquia San Antonio de Padua, Gazcue Santo Domingo D.N.

Mons. Francisco Ozoria Acosta, preside SOLEMNE EUCARISTÍA DE APERTURA A LA PUERTA SANTA, dando inicio al Año Jubilar, Parroquia San Antonio de Padua, Gazcue Santo Domingo D.N.

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Mons. Francisco Ozoria Acosta, preside SOLEMNE EUCARISTÍA DE APERTURA A LA PUERTA SANTA, dando inicio al Año Jubilar, Parroquia San Antonio de Padua, Gazcue Santo Domingo D.N.

Santo Domingo, D. N. – La Penitenciaría Apostólica ha enviado el decreto que autoriza el  Año Jubilar de la Parroquia San Antonio de Padua, Gazcue. En ocasión del centésimo aniversario de vida parroquial. Todo el año se podrá ganar INDULGENCIA PLENARIA, bajo las condiciones habituales (a saber: confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice).

Decreto – Traducción al Español

DECRETO

La Penitenciaría Apostólica, en vista del incremento de la piedad de los fieles y la salvación de las almas, por las facultades concedidas de modo muy especial por nuestro Santísimo Padre en Cristo, por Divina Providencia, el Papa Francisco, y habiendo considerado atentamente la reciente petición hecha por el Reverendo Kennedy Rodríguez Montes de Oca, párroco de la Parroquia San San Antonio de Padua, de la arquidiócesis de Santo Domingo, en ocasión del centésimo aniversario de la dicha parroquia,  de los tesoros celestiales de la Iglesia, la Penitenciaría Apostólica concede benignamente la INDULGENCIA PLENARIA, bajo las condiciones habituales (a saber: confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice). Los fieles cristianos que, movidos por espíritu de verdadera penitencia y por la caridad, podrán obtenerla desde el día 8 de diciembre del año de 2019 hasta el día 8 de diciembre del año 2020. 

Podrán aplicarla también, a modo de sufragio, a las almas del purgatorio, cuando al visitar en modo de peregrinación la parroquia San Antonio de Padua, participen ahí de las celebraciones jubilares o, al menos, se dediquen a la oración mental en este templo por un conveniente espacio de tiempo, concluyendo con el rezo del Padre Nuestro, con el Símbolo de la fe (Credo) y con oraciones a la Santísima Virgen María y a San Antonio de Padua.

Los ancianos, enfermos y todas aquellas que por causa grave no podrán salir de casa para participar de dichas celebraciones, igualmente podrán conseguir la indulgencia plenaria, bajo condición de rechazar todo pecado y con la intención de cumplir, apenas les sea posible, las tres condiciones anteriormente mencionadas, si se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares, ofreciendo a Dios misericordioso su oración, sus dolores y las incomodidades de la propia vida.

Con el fin de que el acceso para conseguir el perdón de Dios a través de las llaves de la Iglesia, sea pastoralmente más fácil, esta Penitenciaría ruega encarecidamente a los sacerdotes dotados de la facultad de escuchar confesiones que se ofrezcan, con ánimo pronto y generoso, a la celebración del sacramento de la Penitencia.

El presente decreto tiene valor a lo largo del jubileo parroquial a condición que se presentado al Ordinario del lugar. No obstando nada en contrario.

Dado a Roma, en el edificio de la Penitenciaría Apostólica, el 29 de enero, en el año de la Encarnación del Señor 2019.

 

Leer Decreto –  Original en Latín:

Decreto Indulgencia

 

Fotos:

 

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