La idea de que San Isidoro de Sevilla es patrón de Internet está muy extendida, a pesar de que no existe una confirmación oficial. También muchos postulan para este patronazgo a Carlo Acutis, cuya canonización tendrá lugar el próximo 7 de septiembre.
Una búsqueda sencilla en diferentes buscadores de la red de redes, arroja innumerables publicaciones que afirman que San Juan Pablo II fue quien hizo este nombramiento. Sin embargo, no se ponen de acuerdo en las fechas, que oscilan desde 1997 a la primera década del tercer milenio.
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Todas coinciden por otro lado en señalar la creación de las Etimologías, como clave en esta consideración. Esta obra consta de 20 volúmenes en los que aborda diferentes ámbitos de conocimiento desde las ciencias naturales hasta la filosofía, las artes, la historia, la teología y la gramática, en los que ofrece numerosas definiciones y explicaciones basadas en las raíces etimológicas de las palabras.
Entre otros contenidos, el santo español explica las reglas del latín y ofrece un profundo análisis sobre el origen y la estructura de las palabras. También desarrolla capítulos donde aborda disciplinas como Historia, Zoología, Botánica, Geología, Teología, Música, Arquitectura, Medicina o Agricultura.
En el año 2000, se creó una Orden de los Caballeros de San Isidoro, que tenía entre sus objetivos “honrar a San Isidoro de Sevilla como patrono de Internet” y promover “los ideales de la caballería cristiana” en el ciberespacio.
Casi un cuarto de siglo después, son muchas las voces que han postulado al joven Carlo Acutis, que será próximamente canonizado, como un nuevo patrono de internet, debido a su habilidad para evangelizar utilizando las posibilidades de la red de redes. No en vano, realizó y promovió sitios web dedicados a los milagros eucarísticos y las apariciones de la Virgen María, tras realizar exhaustivas investigaciones.
Sin embargo, nada hay oficial en ninguno de los casos.
El P. Alberto Fernández, delegado para las Causas de los Santos de la Archidiócesis de Madrid (España), confirma que sobre San Isidoro de Sevilla “efectivamente no hay nada oficial”, más allá del “bulo que dice que San Juan Pablo II lo nombró”.
Sin embargo, asume que el santo español sí podría considerarse un “patrón oficioso” de la red de redes, aunque desconoce si esta devoción está extendida fuera de España, lo que resultaría clave en un proceso formal para declarar un patronazgo, ya que es similar al que se sigue en las causas de canonización.
Primero “se tiene que dar una devoción extendida que lleve a una petición formal, que es estudiada”, entre otros aspectos, para ratificar que realmente existe esa devoción. Este proceso se recoge en un documento fechado el 19 de marzo de 1973 de la Congregación para el Culto Divino (hoy Dicasterio), titulado De patronis constituendis y firmado por el Cardenal Arturo Tabera.
En él se establece que el patronazgo supone reconocer que la Virgen, un ángel o un santo es considerado como “abogado ante Dios” por un lugar (nación, región, diócesis, estado, ciudad, etc.); una familia religiosa; o una persona moral (la Iglesia Católica o la Sede Apostólica) asociación, institución o grupo de clérigos o laicos.
Por norma general, sólo puede haber un santo patrón, pero “pueden elegirse dos o más” y la aprobación formal debe realizarse “por la autoridad eclesiástica competente”, esto es, el obispo o la conferencia episcopal en el ámbito diocesano, o los capítulos provinciales o generales en las familias religiosas.
En el caso de las personas morales y las instituciones y grupos extendidos por distintas partes del mundo, la petición de patronazgo debe ser sometida a la Santa Sede. Todos estos procesos son confirmados por el Dicasterio para el Culto Divino.
El documento también prevé la posibilidad de que un patronazgo instituido en tiempo inmemorial caiga en el olvido y se extinga con el paso de los años. En ese caso, “nada impide que, tras madura reflexión, se constituya un nuevo Patrono”, siguiendo las mismas normas.